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EUDR 2026: todas las modificaciones de forma práctica

Pensábamos que este momento nunca llegaría pero si.

Todo está claro de cara al año 2026 con respecto al reglamento EUDR.

Y es que a finales de 2025, la Unión Europea aprobó una serie de modificaciones sobre el EUDR donde el objetivo estaba claro: simplificar la aplicación del reglamento, reducir carga administrativa (especialmente para pymes) y dar más tiempo a empresas y Estados miembros para prepararse.

En este artículo resumimos todas las modificaciones clave, con un enfoque práctico y orientado a empresas afectadas, para que tengas claro qué cambia, cuándo aplica y qué tienes que hacer.

1. Se amplían los plazos: la EUDR empezará a aplicarse en diciembre de 2026

El primer gran cambio es el calendario.

La Nueva fecha general de aplicación es el 30 de diciembre de 2026 para operadores y comerciantes.

Hay una prórroga adicional para personas físicas, micro y pequeñas empresas que sean operadores hasta el 30 de junio de 2027.

¡Pero importante! Esta prórroga no aplica a:

  • Operadores posteriores y comerciantes (independientemente de su tamaño).
  • Primeros operadores de productos incluidos en el anexo del antiguo Reglamento de la Madera (EUTR).

¿Qué implica para tu empresa?

Tienes más tiempo, pero no es tiempo muerto. 2026 será el año clave para:

  • Definir tu rol en la cadena de suministro.
  • Montar o adaptar tu Sistema de Diligencia Debida.
  • Recopilar geolocalizaciones y documentación de proveedores.

2. Nuevas categorías de empresas: se aclaran los roles en la cadena

Una de las grandes fuentes de confusión de la EUDR era quién es qué dentro de la cadena. Se han creado dos nuevas categorías de empresas:

2.1. Micro o pequeños operadores primarios

  • Personas físicas, microempresas o pequeñas empresas.
  • Establecidas en países clasificados como de bajo riesgo.
  • Que producen directamente las materias primas (cultivan, crían, aprovechan).
  • Y las introducen directamente en el mercado de la UE o las exportan.

La clave aquí es que el tamaño de la empresa se evalúa solo para la actividad vinculada a la EUDR, no para el conjunto del negocio.

2.2. Operadores posteriores

  • Transforman un producto EUDR ya introducido en la UE.
  • o Exportan productos elaborados a partir de productos EUDR,
  • Siempre que esos productos ya estén cubiertos por una declaración de diligencia debida previa.

Ejemplos típicos serían: transformadores, exportadores desde la UE e industrias alimentarias que compran materia prima ya que cumple EUDR.

2.3. Definiciones de tipos de empresas afectadas por EUDR

  1. Operador: toda persona física o jurídica que, en el transcurso de una actividad comercial, introduce los productos pertinentes en el mercado de la UE o los exporta desde la UE, excluidos los «operadores posteriores». Estos serían el primer eslabón de la cadena de suministro en la UE.
    1. Se incluyen en este grupo micro o pequeños operadores primario: todo operador que sea una persona física, microempresa o pequeña empresa, establecida en un país clasificado como de riesgo bajo y que, en el transcurso de una actividad comercial, introduce en el mercado de la UE o exporta desde la UE los productos EUDR que dicho operador haya cultivado, aprovechado, criado u obtenido de parcelas de terreno de interés o, en el caso del ganado bovino, criado en establecimientos, situados en dicho país. Aplica el tamaño de empresa segregando la actividad vinculada al EUDR.
  2. Operador posterior: toda persona física o jurídica que, en el transcurso de una actividad comercial, introduce en el mercado o exporta los productos pertinentes elaborados utilizando productos pertinentes, todos ellos amparados por una declaración de diligencia debida o por una declaración simplificada que ha sido ya presentada al inicio de la cadena de suministro (transformador o exportador).
  3. Comerciante: toda persona de la cadena de suministro distinta del operador o del operador posterior que, en el transcurso de una actividad comercial, comercializa los productos pertinentes en la UE

3. Declaración simplificada para micro y pequeños operadores primarios

Para reducir carga administrativa, se introduce un régimen simplificado (art. 4 bis). Consiste en:

  • Una única declaración simplificada, presentada una sola vez.
  • Con cantidades estimadas (la actualización es voluntaria y solo si hay cambios relevantes).
  • El contenido se recoge en un nuevo Anexo III del reglamento oficial.

Cambios clave muy relevantes

  • La geolocalización puede sustituirse por dirección postal, siempre que identifique claramente la ubicación.
  • Si la información ya está en bases de datos públicas nacionales o de la UE, el Estado miembro puede enviarla directamente al Sistema de Información.
  • Sigue existiendo trazabilidad, pero con mucha menos carga operativa.

Este cambio es especialmente importante para pequeños productores y cooperativas en países de bajo riesgo, que hasta ahora veían la EUDR como inasumible.

4. Cambian las obligaciones de operadores posteriores y comerciantes

  • Ya no tienen que presentar declaraciones de diligencia debida.
  • Sí deben recopilar y conservar información durante 5 años tanto de sus proveedores, como de sus clientes.
  • Solo deben conservar números de declaraciones cuando su proveedor sea el primer operador de la cadena.
  • Registro obligatorio en el Sistema de Información para Operadores posteriores y comerciantes no pymes.
  • En caso de detectar información relevante o riesgos deben informar inmediatamente a las autoridades y verificar que el riesgo sea nulo o despreciable antes de comercializar.

5. El EUTR se mantiene más tiempo (transición hasta 2029)

La derogación del Reglamento Europeo de la Madera (EUTR) se pospone a diciembre de 2026. El régimen transitorio se extiende hasta 31 de diciembre de 2029. Esto evita solapamientos bruscos y da continuidad a las cadenas de suministro de madera.

6. Productos excluidos del alcance del EUDR

Se excluyen del Anexo I productos editoriales, prensa, textos manuscritos o mecanografiados y planos de papel (capítulo 49).

Conclusión: más tiempo y más claridad, pero la obligación sigue ahí

Las modificaciones de finales de 2025 hacen la EUDR más clara y viable para pequeñas empresas.

Pero el mensaje de fondo no cambia:

  • Quien quiera vender en Europa tendrá que demostrar que sus productos están libres de deforestación.
  • No esperes a diciembre de 2026 -> El aplazamiento es un regalo de tiempo para fortalecer tus relaciones con los proveedores y llegar listo a la fecha clave.
  • Digitaliza tu debida diligencia: La gestión de datos es el mayor reto técnico. Utilizar herramientas de Inteligencia Artificial y análisis satelital, como las que desarrollamos en Coolx, te permitirá estar preparado a tiempo.

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