¿Qué es la EUDR? Guía completa del Reglamento Europeo contra la Deforestación (2026)
Publicado el 26 de junio de 2024

La EUDR (EU Deforestation Regulation) es el Reglamento (UE) 2023/1115 del Parlamento Europeo y del Consejo, aprobado el 31 de mayo de 2023, que prohíbe la comercialización en el mercado europeo —o la exportación desde él— de siete materias primas (café, cacao, soja, aceite de palma, madera, caucho y ganado bovino) y sus productos derivados cuando hayan provocado deforestación o degradación forestal después del 31 de diciembre de 2020.
Tras el Reglamento revisado (UE) 2025/2650 publicado en diciembre de 2025, las obligaciones aplican desde el 30 de diciembre de 2026 para grandes y medianas empresas, y desde el 30 de junio de 2027 para micro y pequeñas empresas. Quien incumpla puede ser sancionado con multas de hasta el 4 % de su facturación anual en la UE, decomiso de mercancías y exclusión de licitaciones públicas.
📍 A día de hoy (mayo de 2026), las grandes y medianas empresas que comercializan o exportan estos productos tienen menos de 8 meses para tener listo su Sistema de Diligencia Debida y registrar sus Declaraciones de Diligencia Debida (DDS) en el sistema TRACES de la Comisión Europea.
En esta guía explicamos, con las fuentes oficiales en la mano, qué es la EUDR, a quién aplica exactamente, qué productos están regulados, las fechas confirmadas tras la revisión de mayo de 2026, los tres pasos obligatorios del Sistema de Diligencia Debida, qué información geolocalizada hay que aportar, cómo se rellena la Declaración de Diligencia Debida (DDS), qué sanciones existen y cómo prepararte sin morir en el intento. También verás la diferencia práctica entre lo que tiene que hacer un exportador en Colombia o Perú y lo que tiene que hacer un importador u operador en España.
¿Qué es la EUDR? Definición oficial y contexto
La EUDR es el acrónimo oficial del EU Deforestation Regulation, en español Reglamento de la UE relativo a la comercialización en el mercado de la Unión y a la exportación desde la Unión de determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal. Su referencia oficial es Reglamento (UE) 2023/1115.
¿Cuál es el objetivo de la EUDR?
El objetivo declarado en el considerando 1 del Reglamento es reducir al mínimo la contribución de la UE a la deforestación y la degradación de los bosques a nivel mundial, así como reducir las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas. Según la Comisión Europea, la UE es responsable de aproximadamente el 10 % de la deforestación global ligada al consumo de materias primas agrícolas y forestales (datos Joint Research Centre, JRC).
La EUDR forma parte del Pacto Verde Europeo y de la estrategia de la UE en materia de biodiversidad para 2030. Sustituye y amplía al antiguo Reglamento europeo de la madera (EUTR, Reg. 995/2010), que queda formalmente derogado el 30 de diciembre de 2026, aunque sigue aplicándose de forma transitoria a determinada madera vieja hasta el 31 de diciembre de 2029 (lo vemos con detalle más abajo).
¿Qué obliga a hacer la EUDR?
En palabras llanas, la EUDR obliga a cualquier empresa que introduzca en el mercado de la UE o exporte desde la UE productos como café, cacao, madera o derivados de palma a demostrar tres cosas simultáneamente para cada lote:
- Que el producto no está vinculado a deforestación producida después del 31 de diciembre de 2020 (fecha de corte).
- Que ha sido producido conforme a la legislación del país de origen (aspectos ambientales, sociales, laborales, de derechos sobre la tierra y tributarios).
- Que existe una Declaración de Diligencia Debida (DDS) registrada en el sistema de información de la Comisión Europea (TRACES) antes de la puesta en el mercado o la exportación.
¿A quién aplica la EUDR? Operadores, comerciantes y pymes
La EUDR distingue cuatro figuras con obligaciones distintas: operador, operador posterior, comerciante y micro o pequeño operador primario (MSPO). Identificar correctamente tu rol es el primer paso operativo.
¿Qué es un "operador" según la EUDR?
Un operador (art. 2.15) es toda persona física o jurídica que, en el ejercicio de una actividad comercial, comercializa por primera vez productos relevantes en el mercado de la UE o los exporta desde la UE. Es decir, quien introduce el producto en el mercado europeo o lo saca de él. El operador es quien tiene la obligación principal de presentar la Declaración de Diligencia Debida.
Ejemplos típicos:
- Un importador español que compra café verde a una cooperativa peruana.
- Un fabricante europeo de chocolate que utiliza cacao de Costa de Marfil.
- Un exportador establecido en la UE que vende muebles a Estados Unidos.
¿Qué es un "operador posterior" (downstream operator)?
Figura introducida por el Reglamento (UE) 2025/2650 (art. 2.15 ter): toda persona en la cadena, distinta del operador, que comercializa en el mercado de la UE productos ya puestos en el mercado por un operador. Ejemplo: un torrefactor europeo que compra café verde ya importado y vende café tostado dentro de la UE. No tiene que presentar una nueva DDS: su obligación es recopilar y conservar las referencias de la DDS aguas arriba durante 5 años y, si no es pyme, registrarse en el sistema de información (Guía C(2026) 3056 §4).
¿Qué es un "comerciante" (trader)?
Un comerciante (art. 2.17) es cualquier persona, distinta del operador, que comercializa productos ya puestos en el mercado de la UE. Por ejemplo, un distribuidor o mayorista que compra café tostado en Italia y lo vende a hostelería en España. Los comerciantes que no son pymes (es decir, grandes y medianos) asumen las mismas obligaciones que los operadores. Las pymes comerciantes tienen un régimen simplificado: deben conservar y transmitir la información sobre el origen, pero no presentar nuevas DDS.
¿Qué es un "micro o pequeño operador primario" (MSPO)?
Tras la revisión 2025/2650 y la Guía oficial C(2026) 3056, se introduce la figura del micro o pequeño operador primario —Micro or Small Primary Operator (MSPO) en inglés— en el art. 2.15a: operadores que son micro o pequeñas empresas y que producen ellos mismos las materias primas (no las compran a otros). Tienen un régimen de diligencia debida simplificado, siempre que su producción provenga de un país clasificado como de bajo riesgo (FAQ EUDR V5 §3.21). Ejemplo: el productor forestal de una pequeña explotación en España que comercializa madera directamente en la UE.
¿Cómo saber si soy "pyme" a efectos EUDR?
La EUDR remite a la definición de la Directiva 2013/34/UE, en su versión modificada por la Directiva Delegada (UE) 2023/2775. Para ser una categoría no se pueden superar dos de los tres umbrales en la fecha de cierre del balance:
| Categoría | Empleados | Facturación neta | Balance |
|---|---|---|---|
| Microempresa | ≤ 10 | ≤ 900.000 € | ≤ 450.000 € |
| Pequeña empresa | ≤ 50 | ≤ 10 M € | ≤ 5 M € |
| Mediana empresa | ≤ 250 | ≤ 50 M € | ≤ 25 M € |
| Gran empresa | > 250 | > 50 M € | > 25 M € |
ℹ️ Fuente: Directiva 2013/34/UE modificada por la Directiva Delegada (UE) 2023/2775; FAQ EUDR V5 §3.10. La FAQ aclara expresamente que la Recomendación 2003/361/CE sobre PYME NO aplica a la EUDR.
Para acogerte al régimen aplazado de pymes debes haber estado establecida como microempresa o pequeña empresa a 31 de diciembre de 2024 (art. 38(2)(b) EUDR tras la revisión por el Reg. (UE) 2025/2650).
¿Qué productos están regulados? Las 7 materias primas y sus derivados
La EUDR cubre siete materias primas (art. 1) y un listado extenso de productos derivados detallado en el Anexo I del Reglamento, identificados por código CN (Nomenclatura Combinada) de 8 dígitos —y, en el despacho aduanero al importar, por su correspondiente código TARIC de 10 dígitos (FAQ EUDR V5 §2.9):
- Café (verde, tostado, descafeinado, cáscara, cascarilla y sucedáneos que contengan café; no incluye café soluble, pero la Comisión ha propuesto incorporarlo vía Acto Delegado en consulta pública hasta el 1 de junio de 2026).
- Cacao (granos, cáscara, pasta, manteca, polvo, chocolate y preparaciones que contengan cacao).
- Soja (habas, harina, aceite, tortas).
- Aceite de palma (aceite crudo y refinado, fracciones, palmiste; productos derivados como margarinas y ciertos lípidos).
- Madera (troncos, tableros, contrachapados, pulpa, papel, muebles y productos del antiguo EUTR).
- Caucho (natural, en planchas, en hilos, neumáticos nuevos; el borrador del Acto Delegado de mayo de 2026 propone excluir neumáticos recauchutados y neumáticos usados y revisar derivados).
- Ganado bovino (animales vivos, carne, despojos, pieles y cueros sin curtir).
💡 Si tienes dudas con un producto concreto, búscalo por su código TARIC en el listado del Anexo I del Reglamento. En Coolx mantenemos una base de datos TARIC actualizada que cruzamos con cada cliente en la fase de implementación.
¿Y los productos que ya estaban bajo el EUTR?
Los productos de madera del antiguo EUTR (Reg. 995/2010) —troncos, madera aserrada, pulpa, papel— tienen un régimen transitorio específico previsto en el artículo 37(3) del EUDR, porque el EUTR queda derogado el 30 de diciembre de 2026 pero parte del stock anterior necesita seguir cubierto. La regla práctica es:
- Madera cosechada antes del 29 de junio de 2023: si se pone en el mercado de la UE entre el 30 de diciembre de 2026 y el 31 de diciembre de 2029, sigue rigiéndose por el EUTR, no por la EUDR. A partir del 31 de diciembre de 2029, esa misma madera pasa a la EUDR.
- Madera cosechada entre el 29 de junio de 2023 y el 30 de diciembre de 2026: si se pone en el mercado desde el 30 de diciembre de 2026, ya entra en EUDR.
- Madera cosechada desde el 30 de diciembre de 2026: siempre EUDR.
Para las micro y pequeñas empresas que trabajan con esos productos del antiguo EUTR, no aplica el aplazamiento general a junio de 2027: deben cumplir EUDR desde el 30 de diciembre de 2026 (o quedarse bajo EUTR si la madera es vieja, según la tabla anterior).
Para productos del Anexo I del EUDR que no estaban bajo el EUTR (por ejemplo, muebles, ciertos derivados), las pymes sí se benefician del aplazamiento hasta el 30 de junio de 2027.
¿Cuándo entra en vigor la EUDR? Calendario actualizado (mayo de 2026)
Esta es la sección donde más confusión hay porque las fechas se han movido dos veces:
- Aplazamiento 1 — Reglamento (UE) 2024/3234 (19-dic-2024): movió la fecha original 30-dic-2024 a 30-dic-2025 para grandes/medianas y 30-jun-2026 para pymes.
- Aplazamiento 2 — Reglamento (UE) 2025/2650 (adoptado el 19-dic-2025, publicado en el DOUE el 23-dic-2025): nuevo aplazamiento de 12 meses adicionales → 30-dic-2026 para grandes/medianas y 30-jun-2027 para pymes.
El paquete de revisión de simplificación de mayo de 2026 (Guía C(2026) 3056) confirma que la Comisión no propone más enmiendas al texto base. Estas fechas son definitivas. Tabla resumen:
| Tipo de operador | Fecha de aplicación |
|---|---|
| Grandes y medianas empresas (operadores y comerciantes) | 30 de diciembre de 2026 |
| Micro y pequeñas empresas establecidas como tales a 31-dic-2024 | 30 de junio de 2027 |
| Micro y pequeñas empresas con productos del antiguo EUTR (troncos, madera aserrada, pulpa, papel) | 30 de diciembre de 2026 (no se benefician del aplazamiento general; ver además régimen transitorio EUTR ↓) |
Hitos clave de la EUDR — línea temporal
- 29 de junio de 2023 — Entrada en vigor del Reglamento original (UE) 2023/1115.
- 30 de diciembre de 2024 — Fecha original prevista de aplicación (aplazada).
- 19 / 23 de diciembre de 2025 — Adopción y publicación en el DOUE del Reglamento (UE) 2025/2650 con el aplazamiento definitivo.
- 31 de diciembre de 2024 — Fecha de referencia para considerarse pyme y poder acogerse al aplazamiento al 30-jun-2027 (art. 38(2)(b) EUDR).
- 4 de mayo de 2026 — Publicación del paquete de revisión de simplificación (Guía C(2026) 3056, Reporte COM(2026) 191, FAQ V5, borrador del Acto Delegado). Según la Comisión, las medidas anunciadas reducirán los costes anuales de cumplimiento en torno al 75 % respecto a los costes iniciales estimados (Comisaria Roswall, nota de prensa IP/26/941).
- 1 de junio de 2026 — Cierre de la consulta pública sobre el Acto Delegado de alcance (posibles cambios en café soluble, derivados de palma, cuero, neumáticos).
- 1 de octubre – 30 de diciembre de 2026 — Fase de pruebas en TRACES sin sanciones, para que grandes y medianas operadoras puedan rodar sus DDS con datos reales antes de la entrada en vigor sancionadora.
- 30 de diciembre de 2026 — Aplicación efectiva para grandes y medianas; derogación formal del EUTR (con régimen transitorio para madera vieja).
- 30 de junio de 2027 — Aplicación efectiva para micro y pequeñas empresas (excepto productos del antiguo EUTR, que ya aplican EUDR desde 30-dic-2026).
- 31 de diciembre de 2029 — Fin del régimen transitorio EUTR: la madera cosechada antes del 29 de junio de 2023 pasa definitivamente a la EUDR.
⏰ Si eres una gran o mediana empresa importadora u operadora en España, te quedan menos de 8 meses para tener el sistema funcionando con datos reales en TRACES.
¿Qué es la Diligencia Debida EUDR? Los 3 pasos del SDD
El Sistema de Diligencia Debida (SDD), regulado en los artículos 8 a 11 del Reglamento, es el procedimiento que toda empresa obligada debe implementar antes de poner un producto en el mercado o exportarlo. Consta de tres pasos secuenciales y obligatorios.
Paso 1 — Recopilación de información (art. 9)
El operador debe reunir información completa sobre cada lote:
- Descripción del producto, nombre comercial, código CN (y, en aduana, TARIC), cantidades.
- País de producción y, si procede, partes del territorio donde se produjo.
- Geolocalización de todas las parcelas donde se produjo la materia prima. Para parcelas de hasta 4 hectáreas basta con un punto (latitud y longitud). Para parcelas mayores se exige un polígono descrito por un número suficiente de puntos para delimitar el perímetro (art. 2.28 EUDR), excepto para ganado bovino, donde se geolocalizan todos los establecimientos en los que haya estado el animal.
- Fecha o intervalo de producción.
- Nombre, dirección, correo electrónico y proveedor/destinatario en cada eslabón anterior y posterior.
- Pruebas verificables de que el producto es libre de deforestación y de que se ha producido conforme a la legislación del país de origen.
Paso 2 — Evaluación del riesgo (art. 10)
Con la información del paso 1, el operador analiza el riesgo de incumplimiento del lote considerando, entre otros factores:
- Clasificación de riesgo asignada por la Comisión al país o región de producción (bajo / estándar / alto).
- Presencia de bosques en la zona y dinámica reciente de deforestación.
- Calidad de los datos del proveedor y consistencia de la información satelital.
- Prevalencia de prácticas ilegales y corrupción.
- Existencia de pueblos indígenas y respeto a sus derechos.
- Complejidad de la cadena de suministro.
El resultado debe permitir concluir que el riesgo es insignificante (en la versión inglesa: negligible). Si no se llega a esa conclusión, el operador no puede comercializar.
Paso 3 — Mitigación del riesgo (art. 11)
Si el riesgo identificado es superior a "insignificante", el operador debe aplicar medidas de mitigación: pedir información adicional, hacer auditorías independientes, exigir certificaciones complementarias, encargar estudios satelitales independientes o, en último término, no comercializar ese lote.
✅ Solo cuando el riesgo se ha reducido a "insignificante" tras la mitigación, el operador puede registrar la Declaración de Diligencia Debida y comercializar.
¿Qué es la Declaración de Diligencia Debida (DDS) y cómo se envía a TRACES?
La Declaración de Diligencia Debida (DDS) —Due Diligence Statement en inglés— es el documento oficial (art. 4) por el que el operador asume formalmente la responsabilidad de haber ejecutado correctamente el SDD para un lote concreto. Sin DDS registrada, el producto no puede comercializarse legalmente en la UE.
¿Qué información incluye la DDS?
Según el Anexo II del Reglamento, una DDS contiene como mínimo:
- Identificación del operador y, si aplica, número EORI.
- Código HS/CN del producto y descripción comercial.
- Cantidades (neta y bruta) y unidades.
- Países (y partes del territorio) de producción.
- Geolocalizaciones de las parcelas (o establecimientos para ganado).
- Periodo o fecha de producción.
- Referencias a la DDS de proveedores aguas arriba (si aplica).
- Declaración formal de que se ha ejercido la diligencia debida y de que el riesgo es insignificante.
¿Qué es TRACES y cómo se relaciona con la EUDR?
TRACES (TRade Control and Expert System) es el sistema informático ya existente de la Comisión Europea para el control sanitario y comercial de mercancías, ampliado para acoger las DDS de la EUDR. Cada operador con obligaciones EUDR debe:
- Registrarse en TRACES como operador EUDR.
- Introducir una DDS por cada lote (manualmente o vía API si trabaja con grandes volúmenes).
- Conservar y poner a disposición de las autoridades los datos de respaldo durante 5 años.
El sistema asigna a cada DDS dos identificadores: un número de referencia (reference number) y un número de verificación (verification number). El operador aguas arriba debe comunicar proactivamente ambos números a sus operadores posteriores y comerciantes para que los carguen en sus propios flujos (FAQ EUDR V5 §3.6.1). Su inclusión en la factura comercial no es obligatoria: la trazabilidad documental se gestiona dentro del sistema de información.
📚 Profundiza: Diligencia debida EUDR: legalidad y enfoque basado en riesgos →
Geolocalización y trazabilidad: el corazón técnico de la EUDR
El requisito que más cuesta a las empresas, sobre todo a las cadenas con miles de pequeños productores, es la geolocalización.
¿Qué geolocalización exige exactamente la EUDR?
El art. 9.1.d del Reglamento exige coordenadas de latitud y longitud de todas las parcelas en las que se hayan producido las materias primas. La precisión exigida es:
- Parcelas ≤ 4 hectáreas: basta con un punto (un par de coordenadas, con un mínimo de 6 decimales).
- Parcelas > 4 hectáreas: polígono descrito por un número suficiente de puntos de latitud y longitud para delimitar el perímetro de cada parcela (art. 2.28 EUDR).
- Ganado bovino: geolocalización de todos los establecimientos en los que haya estado el animal, no de parcelas.
El único formato aceptado por TRACES es GeoJSON, con datum WGS84 y proyección EPSG:4326 (FAQ EUDR V5 §7.26). El tamaño máximo por DDS es de 25 MB (FAQ V5 §7.16). Si tu información de partida está en Shapefile, KML, KMZ u otro formato, hay que convertirla antes de subirla.
¿Cómo se cruza con la deforestación?
Una vez recibidas las coordenadas, el operador (o un proveedor tecnológico como Coolx) cruza esos puntos/polígonos con mapas satelitales de cobertura forestal y verifica si ha habido pérdida de bosque después del 31 de diciembre de 2020. La Comisión utiliza como mapa base de referencia el Global Forest Cover map de la JRC, y los operadores pueden complementar con datos públicos como Hansen Global Forest Change, TMF (Tropical Moist Forest) y datos del programa Copernicus de la ESA.
🛰️ Diferencial técnico de Coolx: combinamos los mapas oficiales JRC con análisis multiespectral de Sentinel-2 (Copernicus), modelos de IA propios entrenados en LATAM y nuestro acceso preferente como compañía seleccionada por ESA BIC y socia de AENOR. Esto nos permite detectar discrepancias y eventos de deforestación con menos falsos positivos que los servicios genéricos.
¿Qué sanciones tiene incumplir la EUDR?
El art. 25 del Reglamento obliga a los Estados miembros a establecer sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias. Como mínimo:
- Multas de hasta el 4 % de la facturación anual del operador o comerciante en el conjunto de la UE del ejercicio anterior. La multa se incrementa en infracciones repetidas.
- Decomiso de los productos relevantes en cuestión.
- Decomiso de los ingresos obtenidos con esos productos.
- Exclusión temporal de procesos de contratación pública y de financiación pública (hasta 12 meses).
- Prohibición temporal de comercializar o exportar productos relevantes en caso de infracción grave o reiterada.
- Publicación del nombre del operador sancionado en la web de la autoridad competente.
Cada Estado miembro designa su propia autoridad competente; la lista oficial y actualizada la mantiene la Comisión Europea (art. 14.3 EUDR). En España, esa función está en el ámbito del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) en coordinación con las autoridades aduaneras.
💸 Lectura tranquilizadora: ninguna autoridad europea ha sancionado todavía a nadie bajo la EUDR porque las obligaciones no son efectivas hasta el 30 de diciembre de 2026. Además, entre el 1 de octubre y el 30 de diciembre de 2026 habrá una fase de pruebas en TRACES sin sanciones para que las empresas puedan rodar sus declaraciones con datos reales. Tienes margen para llegar a tiempo, pero no para esperar al último mes.
Clasificación de riesgo por países: bajo, estándar y alto
La Comisión clasifica cada país (o partes de un país) en uno de tres niveles de riesgo de deforestación. La clasificación afecta a la profundidad del proceso de diligencia debida que debe ejecutar el operador.
| Clasificación | Implicación práctica | Control por la autoridad competente (art. 16(8) EUDR) |
|---|---|---|
| Riesgo bajo | Procedimiento simplificado (art. 13): el operador recopila solo la información mínima del art. 9(1) letras a)-f) y j) y queda exento de los pasos 2 y 3, salvo que tenga conocimiento o sospecha fundada de riesgo de incumplimiento, en cuyo caso debe ejecutar el procedimiento completo. | Mínimo 1 % de los operadores |
| Riesgo estándar | Procedimiento completo: información + evaluación + mitigación si procede. | Mínimo 3 % de los operadores |
| Riesgo alto | Procedimiento completo + escrutinio reforzado por la autoridad competente. | Mínimo 9 % de los operadores y del volumen comercializado |
ℹ️ Estado en mayo de 2026: la primera lista oficial de clasificación de países fue adoptada por la Comisión mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1093. El Parlamento Europeo rechazó la metodología original, lo que generó debate sobre su revisión, pero la lista sigue en vigor. Para entender el detalle, lee El Parlamento Europeo rechaza la clasificación de riesgo por países →.
Cómo prepararse para la EUDR: guía paso a paso
Si todavía no has empezado, este es un orden de actuación realista para llegar al 30 de diciembre de 2026 con todo en marcha:
- Inventaría tus productos relevantes. Cruza tus códigos TARIC con el Anexo I del Reglamento. Si dudas, consúltanos.
- Identifica tu rol: operador, comerciante, gran/mediana/pyme. Esto determina tus obligaciones exactas.
- Mapea tu cadena de suministro hacia atrás hasta la parcela de origen. Para café o cacao puede implicar cientos o miles de fincas.
- Recoge la geolocalización de cada parcela. Define formato (GeoJSON) y datum (WGS84). Si tus proveedores no saben, prepárate para acompañarlos.
- Cruza con mapas de deforestación (JRC + Copernicus) usando una solución tecnológica como Coolx o internamente si tienes equipo SIG.
- Verifica la legalidad en el país de origen (uso del suelo, tributario, laboral, derechos sobre la tierra).
- Implementa el Sistema de Diligencia Debida (paso 1 + 2 + 3) y documéntalo.
- Regístrate en TRACES y prepara los flujos para emitir DDS, idealmente con API si tu volumen es alto.
- Forma a tu equipo y a tus proveedores. La EUDR es tanto un proyecto técnico como un cambio cultural.
- Audita anualmente el sistema. La Comisión y los Estados miembros publicarán guías de control progresivamente.
🚀 Coolx cubre los pasos 3 a 10 con un software integral. Ahorras meses de implementación y reduces costes hasta un 75 % frente a hacerlo internamente (cifra coherente con el reporte oficial de la Comisión, COM(2026) 191).
EUDR para exportadores LATAM vs importadores europeos: dos lados de la misma cadena
La obligación legal de presentar la DDS la tiene siempre el operador con sede en la UE (importador u operador europeo). Pero en la práctica, el peso del trabajo recae en el exportador en origen, normalmente en LATAM, África o el Sudeste Asiático.
Si eres importador u operador en España
Tu cliente o el departamento de cumplimiento te pedirá:
- Procedimiento documentado de diligencia debida.
- Trazabilidad documental hasta finca por cada lote.
- Capacidad de emitir DDS en TRACES.
- Auditorías y planes de contingencia.
Ver cómo Coolx ayuda a importadores y operadores españoles →
Si eres exportador en Colombia, Perú, Honduras, Ecuador, Guatemala…
⚠️ Importante (Art. 7 EUDR): si introduces directamente productos en el mercado de la UE sin operador europeo intermedio (por ejemplo, vendiendo FOB a una plataforma B2B), la primera persona física o jurídica establecida en la UE que reciba el producto se considera el operador y asume las obligaciones de DDS. La condición de "exportador no-UE" no exime del Reglamento: el riesgo se traslada a tu cliente UE, que te pedirá la información o cambiará de proveedor.
Tu cliente europeo te pedirá:
- Geolocalización de todas las fincas con las que trabajas (polígonos para fincas >4 ha).
- Trazabilidad lote a lote desde la finca hasta el contenedor.
- Documentación legal del país (cédula del productor, escrituras o derechos sobre la tierra, permisos ambientales si aplican).
- Cumplimiento social y laboral verificable.
Sin esto, tu café o tu cacao no entrará en Europa después del 30 de diciembre de 2026. La opción de "exportar a Estados Unidos en su lugar" no compensa: el precio premium europeo y los contratos largos con tostadores europeos se pierden.
Ver cómo Coolx ayuda a exportadores en LATAM →
Cómo Coolx ayuda a cumplir la EUDR
Coolx es una plataforma EUDR integral diseñada específicamente para la realidad de las cadenas de café, cacao y madera entre LATAM y Europa. Combinamos:
- Geolocalización masiva de fincas (incluida geolocalización asistida cuando el productor no sabe hacerlo).
- Análisis satelital propio con Sentinel-2 (Copernicus) y modelos de IA entrenados en cadenas LATAM. Más de 4 millones de hectáreas analizadas a fecha de mayo de 2026.
- Verificación cruzada con los mapas oficiales JRC y bases auxiliares (Hansen, TMF).
- Gestión documental del Sistema de Diligencia Debida y emisión automática de DDS hacia TRACES.
- Conexión exportador ⇄ importador: tu proveedor en origen y tú en destino trabajáis sobre la misma información sin reenviar PDF por correo electrónico.
- Soporte experto en español los 365 días, también para tus proveedores.
Quiénes confían en Coolx
Más de 100 empresas en 15 países trabajan ya con Coolx, entre ellas exportadores y tostadores como Syra Coffee, Caravela, Sucafina, Nomad Coffee, Select Grains, Frutto Forastero o Buena Vida.
Coolx ha sido seleccionada por la Agencia Espacial Europea (ESA BIC), es socia estratégica de AENOR y socia de Google Cloud, y ha aparecido en medios como Revista AENOR, Nature Tech Collective, Perfect Daily Grind y El Español.
Preguntas frecuentes sobre la EUDR
¿Qué significa EUDR?
EUDR son las siglas en inglés de EU Deforestation Regulation, en español Reglamento de la UE contra la Deforestación. Su referencia oficial es Reglamento (UE) 2023/1115. Su objetivo es impedir que materias primas como café, cacao, madera o palma vinculadas a deforestación posterior al 31 de diciembre de 2020 se comercialicen en el mercado europeo.
¿Cuándo entra en vigor la EUDR?
La EUDR entró en vigor el 29 de junio de 2023, pero sus obligaciones aplican desde el 30 de diciembre de 2026 para grandes y medianas empresas y desde el 30 de junio de 2027 para micro y pequeñas empresas, tras el aplazamiento aprobado por el Reglamento (UE) 2025/2650.
¿A qué productos aplica la EUDR?
Aplica a siete materias primas (café, cacao, soja, aceite de palma, madera, caucho y ganado bovino) y a un amplio listado de productos derivados detallado en el Anexo I del Reglamento. Los productos se identifican por código aduanero TARIC.
¿La EUDR aplica al café soluble?
A día de mayo de 2026, el café soluble no está en el Anexo I, pero la Comisión ha propuesto incorporarlo mediante un Acto Delegado que está en periodo de consulta pública hasta el 1 de junio de 2026. Probablemente sí entrará en el ámbito a corto plazo.
¿Qué es la diligencia debida en la EUDR?
La diligencia debida EUDR es el procedimiento obligatorio (art. 8-11) que el operador debe ejecutar antes de comercializar o exportar un producto: (1) recopilar información completa incluida geolocalización, (2) evaluar el riesgo de incumplimiento y (3) aplicar medidas de mitigación si el riesgo es superior a despreciable. Sólo cuando el riesgo es despreciable puede emitirse la Declaración de Diligencia Debida (DDS).
¿Qué es la DDS o Declaración de Diligencia Debida?
La DDS (Due Diligence Statement) es el documento oficial por el que el operador declara haber cumplido la diligencia debida sobre un lote. Se registra en el sistema TRACES de la Comisión Europea antes de la puesta en el mercado o la exportación. Sin DDS, el producto no puede comercializarse legalmente.
¿Qué sanciones contempla la EUDR?
Hasta el 4 % de la facturación anual del operador o comerciante en la UE, decomiso de productos e ingresos, exclusión temporal de licitaciones públicas y financiación pública, prohibición temporal de comercializar y publicación del nombre del infractor. Las sanciones las establece cada Estado miembro (en España, las define el MITECO).
¿Qué precisión exige la EUDR en la geolocalización?
Para parcelas de hasta 4 hectáreas basta con un punto (latitud y longitud). Para parcelas mayores se exige polígono completo con los vértices del perímetro. Formato GeoJSON o Shapefile en datum WGS84. La geolocalización debe enviarse junto con la DDS en TRACES.
¿Qué es la fecha de corte del 31 de diciembre de 2020?
Es el límite a partir del cual cualquier deforestación o degradación forestal en la parcela origen del producto inhabilita el producto para comercializarse en la UE. Es decir, si la parcela estaba cubierta de bosque el 31-12-2020 y se taló después, el café/cacao/madera que se produzca allí no puede entrar al mercado europeo.
¿La EUDR aplica a las pymes?
Sí, pero con dos diferencias importantes: (1) las micro y pequeñas empresas establecidas como tales a 31 de diciembre de 2024 se benefician de un aplazamiento hasta el 30 de junio de 2027 (excepto productos del antiguo EUTR, que cumplen desde el 30 de diciembre de 2026); (2) los micro o pequeños operadores primarios (MSPO) —que producen ellos mismos la materia prima en un país de bajo riesgo— tienen un régimen de diligencia debida simplificado. Las medianas empresas no disfrutan de aplazamientos y deben cumplir desde el 30 de diciembre de 2026.
¿Qué pasa si compro café fuera de la UE para venderlo en la UE?
Si eres tú quien lo introduce por primera vez en el mercado europeo, eres operador y tienes todas las obligaciones: SDD, DDS, geolocalización, etc. La nacionalidad de tu empresa no importa: si tienes establecimiento en la UE y comercializas allí, aplicas la EUDR. Si el operador no está establecido en la UE (art. 7 EUDR), las obligaciones recaen sobre la primera persona establecida en la UE que reciba el producto.
¿Qué países están clasificados como de alto riesgo?
La lista la mantiene la Comisión Europea mediante actos de ejecución y se ha actualizado por última vez con el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1093. Los países de alto riesgo tienen escrutinio reforzado (mínimo 9 % de operadores y volumen controlados). La clasificación oficial debe consultarse directamente en la web de la Comisión, ya que está sujeta a revisión.
¿Cómo me preparo si soy un exportador pequeño de café en Colombia o Perú?
Empieza por: (1) georreferenciar todas tus fincas (polígonos para las grandes), (2) reunir documentación legal de cada productor (cédula, escritura o derecho sobre la tierra), (3) buscar un socio tecnológico que cruce esas coordenadas con mapas oficiales de deforestación. Coolx ofrece este servicio en español y acompaña tanto a la cooperativa como al importador europeo. Habla con nosotros →
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